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Jubilaciones mínimas cobrarán bono de $55.000 en el verano

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Las personas que cobran jubilaciones mínimas percibirán sendos bonos de $55.000 en enero y febrero, como en noviembre y diciembre, llegando así a $160.000.

El Gobierno sostendrá en enero y febrero el bono de $55.000 para los jubilados que cobran el haber mínimo, por lo que el piso de remuneración para las jubilaciones seguirá en poco más de $160.000. Es la misma suma que Anses pagó en diciembre tras aplicar el último aumento trimestral del año, de 20,87 por ciento y que llevó a la mínima a poco más de 105.000 pesos.

Existía una incógnita sobre si el Poder Ejecutivo, tras el cambio de gobierno, continuaría con el pago de ese bono desde enero. De otra forma, los jubilados de la mínima cobrarían solo esos $105.000 que resultan de la fórmula automática trimestral.

Según afirmaron a Infobae fuentes oficiales, Anses pagará al menos en enero y febrero esa suma, mientras en el Congreso el Gobierno espera que la aprobación de la ley ómnibus suspenda la actualización que rige en la actualidad.

En el equipo económico consideran que esa fórmula pierde de manera sistemática contra la inflación y que por eso buscarán cambiarla. El primer paso será a través de la derogación de la norma actual en el megaproyecto de ley presentado el miércoles en el parlamento.

Si eso prosperara, hasta que se elabore una nueva fórmula automática (que también requerirá aval del Congreso), el Poder Ejecutivo establecería, como puente, un esquema de aumentos mensuales discrecionales con criterio de la inflación del mes anterior al pago de los haberes.

Todavía hay pocas pistas sobre cómo estará conformada la nueva fórmula, ya que en el equipo económico aseguran que todavía hay un trabajo preliminar al respecto. En la hoja de ruta fiscal del ministro de Economía Luis Caputo, el gasto del 2024 en jubilaciones y pensiones debería ser menor que este año, en 0,4% del PBI, en un panorama general de recorte del gasto de 2,9% del Producto.

LEER MÁS: Alquileres, jubilaciones y paritarias, nuevas definiciones

El artículo 106 de la ley ómnibus propone suspender la aplicación del artículo 32 de la Ley 24.241 que establece la movilidad de los haberes por jubilaciones y pensiones, de la que también dependen la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, por ejemplo. También se suspende la vigencia para prestación básica universal, la compensatoria, el retiro por invalidez, por fallecimiento y por permanencia.

El proyecto faculta al Gobierno a establecer una fórmula automática de ajuste “teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”. “Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, consignó.

Hasta ahora, los ajustes de haberes se dan en un porcentaje de incremento trimestral, determinado por la variación de un índice que surge de sumar 50% del aumento trimestral de la recaudación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) por beneficiario y 50% de la variación de los salarios. Para este último ítem, se toma el mayor valor entre el Ripte (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable) y el índice general de salarios del Indec.

En definitiva, las jubilaciones tendrán en enero el mismo monto que en diciembre. Habrán sufrido, en el medio, el impacto de un índice de inflación que en el Gobierno aseguran que será “muy alto” por la liberación de precios que estaban topeados como los de Precios Justos (consumo masivo, combustibles) y también prepagas.

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